Licencia de subdivisión

Licencia de subdivisión

De conformidad con lo establecido en el Decreto 1077 de 2015 la licencia de subdivisión es la autorización previa para dividir uno o varios predios, ubicados en suelo rural, urbano o de expansión urbana, de conformidad con lo dispuesto en el Plan de Ordenamiento Territorial, los instrumentos que lo desarrollen y complementen y demás normatividad vigente aplicable a las anteriores clases de suelo.

Requisitos

1 · Documentos comunes a toda solicitud:  Toda solicitud de licencia urbanística…
Documentos comunes a toda solicitud:  Toda solicitud de licencia urbanística deberá acompañarse de los siguientes documentos:
2 · Copia del certificado de libertad y tradición del inmueble o inmuebles objeto…
Copia del certificado de libertad y tradición del inmueble o inmuebles objeto de la solicitud, cuya fecha de expedición no sea superior a un mes calendario al momento de presentación de la solicitud. Cuando el predio no se haya desenglobado o se encuentre en trámite el otorgamiento o registro de la escritura pública de protocolización de la licencia de subdivisión, se podrá aportar el certificado del predio de mayor extensión.
3 · El formulario único nacional para la solicitud de licencias debidamente…
El formulario único nacional para la solicitud de licencias debidamente diligenciado por el solicitante.
4 · Copia del documento de identidad del solicitante cuando se trate de personas…
Copia del documento de identidad del solicitante cuando se trate de personas naturales o certificado de existencia y representación legal, cuya fecha de expedición no sea superior a un mes calendario al momento de presentación de la solicitud, cuando se trate de personas jurídicas.
5 · Poder especial debidamente otorgado ante la autoridad competente, cuando se…
Poder especial debidamente otorgado ante la autoridad competente, cuando se actúe mediante apoderado o mandatario, con la correspondiente presentación personal.
6 · Copia del documento o declaración privada del impuesto predial del último año…
Copia del documento o declaración privada del impuesto predial del último año en relación con el inmueble o inmuebles objeto de la solicitud, donde figure la nomenclatura alfanumérica o identificación del predio. Este requisito no se exigirá cuando exista otro documento oficial con base en el cual se pueda establecer la dirección del predio objeto de solicitud.
7 · Copia de la matrícula o tarjeta profesional de los profesionales intervinientes…
Copia de la matrícula o tarjeta profesional de los profesionales intervinientes en el trámite de licencia urbanística y copia de las certificaciones o constancias que acrediten su experiencia, en los casos que esta última así se requiera.
8 · Documentos adicionales para la licencia de subdivisión:
9 · Cuando se trate de licencia de subdivisión, además de los documentos comunes a…
Cuando se trate de licencia de subdivisión, además de los documentos comunes a toda solicitud, se deberán aportar los siguientes documentos:
10 · Para las modalidades de subdivisión rural y urbana, un plano del levantamiento…
Para las modalidades de subdivisión rural y urbana, un plano del levantamiento topográfico firmado por el ingeniero topográfico matriculado o topógrafo profesional licenciado de acuerdo con la Ley 70 de 1979, que refleje el estado de los predios antes y después de la subdivisión propuesta, debidamente amojonado y alinderado según lo establecido en las normas vigentes y con su respectivo cuadro de áreas.
11 · Para la modalidad de reloteo, se deberá anexar el plano con base en el cual se…
Para la modalidad de reloteo, se deberá anexar el plano con base en el cual se urbanizaron los predios objeto de solicitud y un plano firmado por un arquitecto con matrícula profesional, topográfico matriculado o topógrafo profesional licenciado de acuerdo con la Ley 70 de 1979, que señale los predios resultantes de la división propuesta, debidamente amojonado y alinderado según lo establecido en las normas vigentes, con su respectivo cuadro de áreas.

Costos (expensas)

ConceptoValor
Cargo fijoSegún fórmula del Decreto 1077 de 2015
Cargo variableSegún m², estrato y uso
Ver tabla de expensas de la vigencia →

Paso a paso

  1. RadicaciónEntregue el FUN y los documentos completos.
  2. Revisión y acta de observacionesRevisión jurídica y técnica del proyecto.
  3. Citación a vecinosLos colindantes pueden intervenir en el término legal.
  4. ExpediciónActo administrativo dentro del plazo legal.
Plazo legal: 45 días hábiles, prorrogables por una sola vez. Aplica silencio administrativo positivo (Decreto 1077 de 2015).

Formularios

Preguntas frecuentes

En suelo rural y de expansión urbana
Subdivisión rural Es la autorización previa para dividir materialmente uno o varios predios ubicados en suelo rural o de expansión urbana de conformidad con el Plan de Ordenamiento Territorial y la normatividad agraria, cultural y ambiental aplicables a estas clases de suelo, garantizando la accesibilidad a cada uno de los predios resultantes.
En suelo urbano
Subdivisión urbana Es la autorización para dividir materialmente uno o varios predios urbanizables no urbanizados ubicados en suelo urbano. Para efectos de lo dispuesto en el artículo 2.2.2.1.4.1.4 del presente decreto, solamente se podrá expedir esta modalidad de licencia cuando se presente alguna de las siguientes situaciones: a) Se pretenda dividir la parte del predio que esté ubicada en suelo urbano de la parte que se localice en suelo de expansión urbana o en suelo rural; b) Existan reglas especiales para subdivisión previa al proceso de urbanización contenidas en el plan de ordenamiento territorial o los instrumentos que lo desarrollen o complementen. c) Se pretenda dividir el área urbanizable no urbanizada de un predio urbano, del área clasificada cómo suelo de protección ambiental o de aquellas que se encuentren afectadas en virtud de lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley 9 de 1989, dentro del mismo predio.
Reloteo
Es la autorización para dividir, redistribuir o modificar el loteo de uno o más predios previamente urbanizados o legalizados, de conformidad con las normas urbanísticas que para el efecto establezcan el Plan de Ordenamiento Territorial y los instrumentos que lo desarrollen y complementen. En esta modalidad de licencia se podrá hacer redistribución de los espacios privados.
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