Otras actuaciones

Otras actuaciones

Requisitos

1 · Copia del certificado de libertad y tradición del inmueble o inmuebles objeto…
Copia del certificado de libertad y tradición del inmueble o inmuebles objeto de la solicitud, cuya fecha de expedición no sea superior a un mes calendario al momento de presentación de la solicitud. Cuando el predio no se haya desenglobado o se encuentre en trámite el otorgamiento o registro de la escritura pública de protocolización de la licencia de subdivisión, se podrá aportar el certificado del predio de mayor extensión.
2 · Copia del documento de identidad del solicitante cuando se trate de personas…
Copia del documento de identidad del solicitante cuando se trate de personas naturales o certificado de existencia y representación legal, cuya fecha de expedición no sea superior a un mes calendario al momento de presentación de la solicitud, cuando se trate de personas jurídicas.
3 · Poder especial debidamente otorgado ante la autoridad competente, cuando se…
Poder especial debidamente otorgado ante la autoridad competente, cuando se actúe mediante apoderado o mandatario, con la correspondiente presentación personal.
4 · Además de los documentos señalados, la solicitud de otras actuaciones se…
Además de los documentos señalados, la solicitud de otras actuaciones se acompañará de los siguientes documentos:
5 · 1. Ajustes de cotas y áreas. Se deberá aportar el siguiente documento:
6 · a) Copia del plano correspondiente.
7 · 2. Aprobación de planos de propiedad horizontal. Se deberán aportar los…
2. Aprobación de planos de propiedad horizontal. Se deberán aportar los siguientes documentos:
8 · a) Planos de alinderamiento.
9 · b) Cuadro de áreas o proyecto de división.
10 · c) Cuando la solicitud se presente ante una autoridad distinta a la que otorgó…
c) Cuando la solicitud se presente ante una autoridad distinta a la que otorgó la licencia, se deberá aportar copia de la licencia y de los planos correspondientes.
11 · d) Para licencias urbanísticas que hayan perdido su vigencia, se deberá aportar…
d) Para licencias urbanísticas que hayan perdido su vigencia, se deberá aportar una manifestación expresa presentada bajo la gravedad de juramento en la que conste que la obra aprobada está construida en su totalidad.
12 · e) Cuando se trate de un bien de interés cultural, se deberá aportar el…
e) Cuando se trate de un bien de interés cultural, se deberá aportar el anteproyecto o autorización de intervención aprobada.
13 · 3. Autorización para el movimiento de tierras. Se deberá aportar el siguiente documento:
14 · a) Estudios de suelos y geotécnicos.
15 · 4. Aprobación de piscinas. Se deberán aportar los siguientes documentos:
16 · a) Planos de diseño y arquitectónicos.
17 · b) Estudios de suelos y geotécnicos.
18 · 5. Modificación de planos urbanísticos, de legalización y demás planos. Se…
5. Modificación de planos urbanísticos, de legalización y demás planos. Se deberán aportar los siguientes documentos:
19 · a) Copia de la licencia de urbanización, sus modificaciones, prórroga y/o…
a) Copia de la licencia de urbanización, sus modificaciones, prórroga y/o revalidación, o el acto administrativo de legalización, o el acto administrativo que aprobó el desarrollo o asentamiento, y los planos que hacen parte del mismo en cada caso.
20 · b) Planos que contengan la nueva propuesta urbanística objeto de aprobación.…
b) Planos que contengan la nueva propuesta urbanística objeto de aprobación. Cuando la aprobación del plano que se pretende modificar esté contenida en el propio plano, no se exigirá el acto administrativo que la apruebe.
21 · Si la solicitud de modificación de plano urbanístico, de legalización y demás…
Si la solicitud de modificación de plano urbanístico, de legalización y demás planos que aprobaron el desarrollo o asentamiento se hace para el desarrollo de un programa o proyecto de renovación urbana, el nuevo plano deberá identificar el área objeto de renovación y elaborarse con fundamento en las áreas consignadas en los títulos de propiedad, o en los certificados de cabida y linderos expedidos por las autoridades catastrales competentes, o en las áreas definidas en sentencias judiciales.
22 · 6. Concepto de norma urbanística y uso del suelo. Se deberán aportar los…
6. Concepto de norma urbanística y uso del suelo. Se deberán aportar los siguientes documentos:
23 · a) Dirección oficial del predio o su ubicación si se encuentra en suelo rural.
24 · b) Antecedentes urbanísticos como licencias y demás, en caso de existir.

Costos (expensas)

ConceptoValor
Cargo fijoSegún fórmula del Decreto 1077 de 2015
Cargo variableSegún m², estrato y uso
Ver tabla de expensas de la vigencia →

Paso a paso

  1. RadicaciónEntregue el FUN y los documentos completos.
  2. Revisión y acta de observacionesRevisión jurídica y técnica del proyecto.
  3. Citación a vecinosLos colindantes pueden intervenir en el término legal.
  4. ExpediciónActo administrativo dentro del plazo legal.
Plazo legal: 45 días hábiles, prorrogables por una sola vez. Aplica silencio administrativo positivo (Decreto 1077 de 2015).

Formularios

Preguntas frecuentes

Otras actuaciones
Se entiende por otras actuaciones relacionadas con la expedición de las licencias, aquellas vinculadas con el desarrollo de proyectos urbanísticos o arquitectónicos, que se pueden ejecutar independientemente o con ocasión de la expedición de una licencia dentro de las cuáles se pueden enunciar las siguientes:
Ajuste de cotas de áreas
Es la autorización para incorporar en los planos urbanísticos previamente aprobados por el curador urbano o la autoridad municipal o distrital competente para expedir licencias, la corrección técnica de cotas y áreas de un predio o predios determinados cuya urbanización haya sido ejecutada en su totalidad.
Concepto de norma urbanística
Es el dictamen escrito por medio del cual el curador urbano, la autoridad municipal o distrital competente para expedir licencias o la oficina de planeación o la que haga sus veces, informa al interesado sobre las normas urbanísticas y demás vigentes aplicables a un predio que va a ser construido o intervenido La expedición de estos conceptos no otorga derechos ni obligaciones a su peticionario y no modifica los derechos conferidos mediante licencias que estén vigentes o que hayan sido ejecutadas.
Concepto de uso del suelo
Es el dictamen escrito por medio del cual el curador urbano o la autoridad municipal o distrital competente para expedir licencias o la oficina de planeación o la que haga sus veces, informa al interesado sobre el uso o usos permitidos en un predio o edificación, de conformidad con las normas urbanísticas del Plan de Ordenamiento Territorial y los instrumentos que lo desarrollen. La expedición de estos conceptos no otorga derechos ni obligaciones a su peticionario y no modifica los derechos conferidos mediante licencias que estén vigentes o que hayan sido ejecutadas.
Copia certificada de planos
Es la certificación que otorga el curador urbano o a autoridad municipal o distrital competente para expedir licencias de que la copia adicional de los planos es idéntica a los planos que se aprobaron en la respectiva licencia urbanística.
Aprobación de los Planos de Propiedad Horizontal
Es la aprobación que otorga el curador urbano, o la autoridad municipal o distrital competente para el estudio, trámite y expedición de las licencias, a los planos de alinderamiento, cuadros de áreas o al proyecto de división entre bienes privados y bienes comunes de la propiedad horizontal exigidos por la Ley 675 de 2001 o la norma que la adicione, modifique o sustituya, los cuáles deben corresponder fielmente al proyecto de parcelación, urbanización o construcción aprobado mediante licencias urbanísticas o el aprobado por la autoridad competente cuando se trate de bienes de interés cultural. Estos deben señalar la localización, linderos, nomenclatura, áreas de cada una de las unidades privadas y las áreas y bienes de uso común.
Autorización para el movimiento de tierras
Es la aprobación que otorga el curador urbano, o la autoridad municipal o distrital competente para el estudio, trámite y expedición de las licencias, correspondiente al conjunto de trabajos a realizar en un terreno para dejarlo despejado y nivelado, cómo fase preparatoria de futuras obras de parcelación, urbanización y/o construcción. Dicha autorización se otorgará a solicitud del interesado, con fundamento en estudios geotécnicos que garanticen la protección de vías, instalaciones de servicios públicos, predios aledaños y construcciones vecinas. En caso de no haber tramitado la presente autorización de manera previa a la solicitud de licencia de urbanización o construcción en suelo urbano, se deberá requerir en el marco de dicha solicitud. En el escenario de suelo rural y rural suburbano, el movimiento de tierras para parcelar o edificar sólo podrá autorizarse en la respectiva licencia de parcelación o construcción, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.6.2.6 del presente decreto. Para tales efectos, se deberán aportar los estudios de suelos y geotécnicos de conformidad con la Ley 400 de 1997, sus decretos reglamentarios, o las normas que los adicionen, modifiquen
Aprobación de piscinas
Es la autorización que otorga el curador urbano, o la autoridad municipal o distrital competente para el estudio, trámite y expedición de las licencias, para la intervención del terreno destinado a la construcción de piscinas en que se verifica el cumplimiento de las normas técnicas y de seguridad definidas por la normatividad vigente. Modificación de planos urbanísticos, de legalización y demás planos que aprobaron desarrollos o asentamientos. Son los ajustes a los planos y cuadros de áreas de las urbanizaciones aprobadas y ejecutadas cuya licencia esté vencida o de los planos y cuadros de áreas aprobados y ejecutados según actos de legalización y demás que aprobaron asentamientos tales cómo loteas, planos de localización, planos topográficos y demás. Esta actuación no conlleva nuevas autorizaciones para ejecutar obras, y sólo implica la actualización de la información contenida en los planos urbanísticos, de legalización y demás en concordancia con lo ejecutado. Habrá lugar a la modificación de los planos urbanísticos, de legalización y demás de que trata el presente numeral en los siguientes eventos: a) Cuando la autoridad competente desafecte áreas cuya destinación corresponda
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