Curadora Urbana Número 2 de Duitama
Decreto de nombramiento / Vigencia y Nombramiento
De conformidad con la Ley 1712 de 2014 y los lineamientos del Índice de Transparencia y Acceso a la Información (ITA), se pone a disposición de la ciudadanía el acto administrativo de designación oficial del Curador Urbano N° 2 de Duitama, así como la información correspondiente a su periodo de vigencia legal en el cargo.
Información del Acto Administrativo
| Autoridad que Designa: | Alcaldía Municipal de Duitama, Boyacá |
| Acto de Nombramiento: | Decreto Municipal de Nombramiento Oficial |
| Naturaleza del Cargo: | Particular en ejercicio de funciones públicas (Art. 2.2.6.6.1.1 Decreto 1077 de 2015) |
Periodo de Vigencia Legal:
De acuerdo con el artículo 2.2.6.1.5.1.1 del Decreto 1077 de 2015, los curadores urbanos son designados para un periodo individual de cinco (5) años. El presente periodo se encuentra plenamente vigente y bajo el amparo de la normatividad nacional.
Descargar Decreto de Nombramiento (PDF)








