Curadora Urbana Número 2 de Duitama

Decreto de nombramiento / Vigencia y Nombramiento

De conformidad con la Ley 1712 de 2014 y los lineamientos del Índice de Transparencia y Acceso a la Información (ITA), se pone a disposición de la ciudadanía el acto administrativo de designación oficial del Curador Urbano N° 2 de Duitama, así como la información correspondiente a su periodo de vigencia legal en el cargo.

Información del Acto Administrativo

Autoridad que Designa: Alcaldía Municipal de Duitama, Boyacá
Acto de Nombramiento: Decreto Municipal de Nombramiento Oficial
Naturaleza del Cargo: Particular en ejercicio de funciones públicas (Art. 2.2.6.6.1.1 Decreto 1077 de 2015)
Periodo de Vigencia Legal: De acuerdo con el artículo 2.2.6.1.5.1.1 del Decreto 1077 de 2015, los curadores urbanos son designados para un periodo individual de cinco (5) años. El presente periodo se encuentra plenamente vigente y bajo el amparo de la normatividad nacional.
Descargar Decreto de Nombramiento (PDF)